Con el objetivo de incrementar las posibilidades de posicionamiento de sus bienes y servicios en el entorno del comercio internacional, las empresas mexicanas tienen a su disposición el IMMEX, un programa que permite la importación temporal de bienes que se emplean en procesos o servicios industriales para producir, transformar o reparar bienes extranjeros importados temporalmente, para su posterior exportación, sin cubrir el pago de los impuestos general de importación, sobre el valor añadido y derechos compensatorios.
Desde el año 2006, el IMMEX viene permitiendo a las empresas la adopción de nuevas formas de hacer negocios, reduciendo sus costos logísticos y administrativos mientras agilizan y reducen sus procedimientos, lo cual impacta positivamente su capacidad de fiscalización, y fomenta la captación y retención de inversiones en el país.
De acuerdo con la Secretaría de Economía de México (SE), las personas jurídicas residentes en el territorio nacional a que se refiere el artículo 9 del Código Fiscal de la Federación, que tributen conforme al Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pueden ser beneficiarias del programa IMMEX, incluyendo las categorías de empresas holding, industriales, de servicios, albergue y subcontratación, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto para el Fomento de la Industria de Manufactura, Maquila y Servicios a la Exportación (Decreto IMMEX) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del 2006.
Quienes cumpliendo dichas condiciones se convierten en titulares de un IMMEX, acceden a la oportunidad de importar temporalmente, libres de impuestos de importación e IVA, los bienes necesarios para su uso en un proceso industrial o servicio para producir, transformar o reparar bienes extranjeros temporalmente importados para su posterior exportación o la prestación de servicios de exportación, en alguna de las siguientes clasificaciones y categorías:
1. Materias primas, piezas y componentes que deben integrarse totalmente en los bienes de exportación; combustibles, lubricantes y otros materiales para consumo durante el proceso de producción de bienes de exportación; envases y embalajes; etiquetado y folletos.
2. Envíos de contenedores y cajas.
3. Maquinaria, equipos, herramientas, instrumentos, moldes y repuestos para el proceso productivo; equipos y dispositivos para el control de la contaminación, investigación o capacitación, seguridad industrial, telecomunicaciones e informática, laboratorio, medición, prueba de productos y control de calidad; y los involucrados en el manejo de materiales directamente relacionados con bienes de exportación y otros vinculados al proceso productivo; equipo de desarrollo administrativo.
Categorías:
1. Programa de Compañía Controladora de IMMEX: las operaciones de manufactura de una compañía controladora certificada y una o más subsidiarias están incluidas en el mismo programa;
2. Programa Industrial IMMEX: se fabrican o transforman bienes para su posterior exportación mediante un proceso industrial;
3. Programa de Servicios IMMEX: se prestan servicios de bienes de exportación o se prestan servicios de exportación, únicamente para desarrollar las actividades establecidas por la Secretaría, previa revisión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
4. Programa de Refugio IMMEX: una o más empresas extranjeras proporcionan tecnología y material de producción, sin participación directa en el Programa, y
5. Programa de Outsourcing IMMEX: una empresa certificada carece de las instalaciones para realizar los procesos productivos por sí misma y realiza las operaciones de manufactura a través de un tercero que registra en su Programa. Estos bienes están agrupados bajo las siguientes categorías:
Simultáneamente, la SE podrá aprobar un Programa de Promoción Sectorial en función del tipo de producto fabricado o servicios de exportación realizados, en cuyo caso se deberá seguir la normativa aplicable. En el caso de una empresa de servicios, sólo podrán ser importados bajo el Programa de Promoción Sectorial los bienes a que se refiere el Artículo 4, Fracción III de este Decreto, siempre que pertenezcan al sector en el que esté inscrita.
Los programas IMMEX permanecen vigentes mientras el titular continúe cumpliendo con los requisitos de autorización y las obligaciones establecidas en el Decreto anteriormente mencionado, mientras que las mercancías importadas temporalmente bajo un programa IMMEX pueden permanecer en territorio nacional por los períodos establecidos en el artículo 108 de la Ley de Aduanas.
En Milenio de Occidente, brindamos asesoría personalizada a empresas que buscan exportar/importar por primera vez, y a empresas transnacionales que buscan reducir sus costos y tiempos de entrega. Somos una agencia aduanal y de servicios logísticos en México, con amplia expertiz en logística internacional.
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